Le redujeron la pena de 12 a 10 años de prisión y absolvieron a sus hijas tras considerar que no fueron acreditadas sus participaciones.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó parcialmente la condena al empresario Lázaro Baéz en la causa que se le sigue por lavado de dinero, le redujo la pena de 12 a 10 años de prisión y absolvió a sus hijas tras considerar que no fueron acreditadas sus participaciones en los hechos con la certeza requerida para un veredicto condenatorio, informaron fuentes judiciales.
Los jueces del máximo tribunal penal confirmaron a través de su fallo que existieron las maniobras de lavado de dinero por 55 millones de dólares aunque votaron de manera dividida al expedirse sobre el origen de esos fondos: los camaristas Ángela Ledesma y Mariano Borinsky lo vincularon con maniobras de evasión impositiva, mientras que el juez Javier Carbajo avaló la hipótesis de que pudieran provenir de delitos vinculados a la Obra Pública.
«Resulta inconducente ingresar al tratamiento de los cuestionamientos impetrados por las defensas contra el razonamiento seguido por el voto mayoritario del tribunal a quo (el Tribunal Oral Federal 4) sobre el origen ilegal de los fondos, eventualmente provenientes de delitos contra la administración pública y su compatibilidad, o no, con la comisión de delitos tributarios», sostuvo, de todas formas, Borinsky en su voto.
El empresario Báez se encuentra en prisión domiciliaria preventiva en el marco de otro expediente que aún no fue ventilado en juicio oral y público.
En una resolución de 981 páginas, la Sala IV de Casación confirmó las condenas de 17 imputados -en muchos casos con reducción de penas- imputados por lavado de 55 millones de dólares, multas por los valores equivalentes en pesos a los 330 millones de dólares y decomisos por 65 millones de dólares.
Uno de los puntos salientes del fallo con el que se revisó la sentencia que había dictado el TOF 4, tuvo que ver con las hijas mujeres del empresario Báez: Luciana y Melina habían sido condenadas a tres años de prisión, pero Casación las absolvió al considerar que no tenían participación en las empresas de su padre, que les había asignado un rol de trabajo doméstico dentro de la familia.
Penas fijadas por Casación
Tras la confirmación parcial de las condenas del resto de los imputados, las penas fijadas por Casación fueron las siguientes: 10 años de prisión para Lázaro Antonio Báez, 6 años y 6 meses para Martín Antonio Báez, 6 años para Jorge Oscar Chueco y Rodolfo Daniel Pérez Gadín, 5 años para Julio Enrique Mendoza y tres años y 6 meses para Jorge Leonardo Fariña», según surge del fallo.
Los demás condenados son: Juan Alberto De Rasis, César Gustavo Fernández, Fabián Virgilio Rossi y Eduardo Guillermo Castro a 4 años y 6 meses de prisión; Federico Elaskar, Claudio Fernando Bustos, Alejandro Ons Costa, Martín Andrés Eraso y Leandro Antonio Báez a tres años de prisión en suspenso, y Walter Feliciano Zanzot a 2 años.
A los primeros seis de los imputados nombrados se los consideró coautores del delito de lavado de activos agravado, a los cuatro siguientes se los meritó como partícipes necesarios, mientras que a los últimos se los sindicó como partícipes necesarios y secundarios -respectivamente- del delito de lavado simple previsto en el artículo 303, inciso 1° del Código Penal, indicaron fuentes judiciales.
También se ratificaron las condenas de Carlos Juan Molinari a tres (3) años y seis (6) meses, y de Daniel Alejandro Bryn a dos (2) años de prisión, como autores del delito de lavado de activos por otros hechos de lavado.
Asimismo, a todos ellos y a las empresas Austral Construcciones S.A. (ACSA) y Top Air S.A., se les confirmaron multas que oscilan entre 2 y 6 veces el monto de las operaciones, a la vez que se confirmó el decomiso de activos por valor equivalente a 65 millones de dólares, remarcaron las fuentes.
Para el tribunal de Casación, quedó acreditado «que a través de un sofisticado mecanismo societario y financiero, que incluía el empleo de sociedades ´pantalla´ -eludiendo los controles fiscales-, los nombrados permitieron la expatriación y el movimiento de dinero por transacciones en distintos bancos internacionales, y su posterior repatriación por una operación bursátil con apariencia de legalidad (lavado de dinero)», según se indicó.
La maniobra habría sido por una «suma total equivalente a 54.870.000 de dólares durante el período comprendido entre finales del año 2010 y abril de 2013, coincidente dicho monto total con las evasiones fiscales precedentes efectuadas por Lázaro Báez», detallaron desde Casación.
Según los jueces, en la causa se constató que los principales acusados conformaron una estructura jurídica, societaria y bancaria en la Argentina y en el extranjero, por medio de la cual se canalizaron, transfirieron, disimularon, ocultaron y se pusieron en circulación en el mercado, fondos procedentes de delitos.
Fuente: Télam